La normativa de Tráfico regula los documentos que todo conductor debe tener en regla
El Reglamento General de Conductores y de Vehículos en España establece los documentos obligatorios que los conductores deben llevar consigo al conducir. Estos documentos incluyen el permiso de circulación, la tarjeta de inspección técnica y el certificado de características técnicas en el caso de ciclomotores. Además, el Real Decreto 818/2009 establece que los conductores deben llevar consigo su permiso o licencia de conducción en todo momento.
A menudo, se plantea la pregunta de si es legal conducir sin llevar el permiso y sustituirlo por el Documento Nacional de Identidad (DNI). A pesar de que ambos documentos son expedidos por el gobierno español, no tienen el mismo efecto legal. Por lo tanto, la respuesta es no. Es obligatorio llevar el permiso de conducir y es motivo de sanción si no se cumple esta norma.
Las multas por no llevar el permiso de conducir pueden variar. Si un agente solicita el permiso y no se lleva consigo, la multa puede ser de 10 euros por una infracción leve. Si los datos del permiso no están actualizados o son incorrectos, la multa puede ascender hasta los 80 euros. En el caso de llevar el permiso caducado, la sanción será de 200 euros. Si se atreve a conducir cuando su permiso ha sido retirado, la sanción será grave, con una multa de 500 euros y la retirada de 4 puntos del carnet.
Formato
Es cierto que los agentes de la autoridad pueden comprobar si una persona tiene permiso de conducir a través de la base de datos de la Dirección General de Tráfico, pero esto no exime de llevar el permiso de conducir consigo. Además, la ley también exige llevar consigo el Permiso de Circulación del vehículo y la tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo (ITV).
La ley no especifica cómo se deben llevar estos documentos, por lo que es posible llevar el permiso de conducir tanto en formato físico como en formato digital a través de la aplicación MiDGT, que también incluye el Permiso de Circulación. Sin embargo, no todas las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad cuentan con los lectores de códigos QR para leer esta información, por lo que se recomienda llevar ambos formatos en todo momento.
Fuente: El Día